- 7 junio, 2017
- Posted by: BTODigital
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Las ganancias obtenidas de la venta de un paquete de acciones o de una vivienda han de reflejarse en la declaración de la renta, si bien hay fórmulas para rebajar la factura fiscal sobre lo obtenido. De hecho, y a efectos fiscales, no hay mal que por bien no venga ya que los impuestos que hay que pagar por las plusvalías pueden verse reducidos con las minusvalías sufridas.
Así, si el contribuyente que ganó en Bolsa en 2016 también perdió en renta fija –en un año de caída de precios en la recta final–, tendrá sujeto a gravamen el saldo neto entre esas ganancias y pérdidas. Además, es posible compensar, o rebajar esas plusvalías, con minusvalías no solo de este año sino de los tres ejercicios fiscales anteriores, contando con que se arrastren desde entonces y no hayan servido para compensar plusvalías en anteriores declaraciones de la renta.
El ejercicio fiscal 2016 quedó ya cerrado y no es ya posible maniobrar para ajustar la factura fiscal, pero la recta final de cada ejercio es la ocasión para sacar partido a este juego de plusvalías y minusvalías. Ya sea aflorando plusvalías, por las que se podrá tributar menos si hay minusvalías pendientes de compensar, tanto de 2016 como de 2013,2014 y 2015. O asumiendo minusvalías a propósito con tal de rebajar los impuestos que hay que pagar por las ganancias obtenidas.
Además, desde el 1 de enero de 2015 es posible compensar plusvalías y minusvalías con independencia del tipo de activo del que procedan. Con anterioridad a esa fecha había compartimentos estancos, de modo que solo se compensaban entre sí las ganancias y pérdidas patrimoniales –obtenidas en Bolsa o de la venta de un inmueble– y los rendimientos del capital –obtenidos de los depósitos, la renta fija o los dividendos–.
En la declaración de la renta de 2016, como ya sucedió en la de 2015, desaparece esa distinción y es posible compensar rendimientos del capital con pérdidas patrimoniales y viceversa. Es decir, las pérdidas en Bolsa sirven para compensar lo ganado en renta fija, del mismo modo que las ganancias por la venta de una casa por las que hay que tributar pueden verse rebajadas con las pérdidas por invertir en deuda.
Aun así, este mecanismo de compensación tiene sus limitaciones. Así, lo ganado no podrá compensarse en su totalidad a costa de las minusvalías sufridas, solo hasta un máximo equivalente al 15% esas plusvalías. En los próximos esos ejercicios ese tope se elevará al 20% en el IRPF de 2017 y al 25% en el de 2018, de modo que el contribuyente tendrá más margen para maniobrar con pérdidas y ganancias, una modificación que deberá tenerse en cuenta este año de cara a la declaración del año que viene.